Como algun@s estamos descontentos con alguna nota, he estado buscando cómo se reclama. No es que me haya aclarado del todo, pero he encontrado esto, por si a alguien le hace falta:
"En caso de discrepancia con la calificación obtenida, las personas interesadas podrán presentar reclamación por escrito dirigida a la persona que ostente la Presidencia de la Comisión de evaluación, desde el 25 al 27 de junio de 2013". Lo que no sé es en dónde se presenta el escrito, en Málaga me imagino que será en la Delegación de Educación de la Junta (Edificio Negro), en el resto no sé y tampoco sé dónde pone quiénes constituyen la Comisión ésa de Evaluación de este año ni si es en Cordoba o dónde, alguien sabe?
(ORDEN de 8 de octubre de 2010, por la que se regulan
las pruebas para la obtención de título de Técnico
y Técnico Superior de ciclos formativos de formación
profesional del sistema educativo)
Artículo 14. Funciones de las comisiones de evaluación:
b) Resolver las incidencias que puedan surgir como consecuencia
del desarrollo de las pruebas.
c) Calificar las pruebas de acuerdo con los criterios de corrección
establecidos y cumplimentar las Actas de Evaluación
y cuanta documentación se determine.
d) Resolver las reclamaciones sobre evaluación presentadas
por los interesados.CAPÍTULO V
Evaluación y reclamaciones
Artículo 21. Evaluación y calificación.
21..2
2. La evaluación conllevará la emisión de una calificación
que reflejará los resultados obtenidos por el alumnado. La calificación
de los módulos profesionales se expresará en valores
numéricos de 1 a 10, sin decimales. Se considerarán positivas
las iguales o superiores a 5 y negativas las restantes.
Artículo 22. Documentos de evaluación.
Los documentos de evaluación serán los establecidos
en el artículo 15.7 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de
diciembre.
Artículo 23. Reclamaciones.
En el caso de discrepancia con la calificación obtenida
en cualquiera de los módulos profesionales, las personas interesadas
podrán presentar reclamación por escrito dirigida al
Presidente o Presidenta de la comisión de evaluación, en el
plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación del acta
de evaluación.
En los dos días hábiles siguientes a la finalización del
plazo de reclamaciones, la comisión de evaluación realizará
una sesión extraordinaria de evaluación, en la que se resolverán
las reclamaciones que se hayan planteado. En el caso
de que alguna calificación fuera modificada, se insertará en el
acta de evaluación la oportuna diligencia.
Si tras el proceso de revisión por la comisión de evaluación,
persiste el desacuerdo con la calificación final del módulo
o módulos profesionales, el interesado podrá interponer
recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación
Provincial de la Consejería con competencia en materia de
educación, en el plazo de un mes, de conformidad con lo preceptuado
en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre.