Hola.
Pues la normativa no especifica si son dias naturales o habiles (si pusiera naturales serian todos los días y si pusiera habiles serían todos los días menos domingos y festivos).
De todas formas, eso de los 25 días solo es para pruebas y examenes PARCIALES.
Te copio la normativa (que puedes consultar entera aqui:
http://departamento.us.es/danamate/doc-normas/normas-examenes.htm ):
ARTÍCULO 26º
Las actas provisionales con las calificaciones de los trabajos, pruebas y exámenes parciales, se publicarán dentro de los veinticinco días siguientes a su celebración. Las del último parcial se publicarán, como mínimo, con una antelación de siete días respectivamente de la fecha del examen final.
Estas actas tendrán carácter provisional durante los cuatro días hábiles siguientes a su publicación, pasados los cuales, y una vez resueltas y publicadas las revisiones a que hubiese lugar, se darán por definitivas.
ARTÍCULO 27º
Las actas con las calificaciones de los exámenes finales deberán tener carácter definitivo en los plazos máximos establecidos en el siguiente calendario (7):
1. Convocatoria de Junio: antes del 20 de Julio de cada año.
2. Convocatoria de Septiembre: antes del 30 de Septiembre de cada año.
3. Convocatoria de Diciembre: antes del 31 de Diciembre.
4. Convocatoria de Febrero: antes del 20 de Marzo correspondiente.
Dentro de estos límites máximos, deberá tenerse en cuenta el plazo de cuatro días hábiles para resolver las revisiones contados desde la publicación de las actas provisionales, plazos sin el que éstas no serán definitivas.
Salu2