HOLA
Solo un a aclaración mas y termino, si la disponibilidad jurídica se obtiene por medio de un contrato de arrendamiento, en el mismo debe de llevar una clausula , donde se diga que se puede ceder o traspasar a un tercero, siempre que sea farmacéutico, si no es así , el banco pondrá pegas para el préstamo.
Del tema de la Lau al respecto ya veremos,,,,,,,,,,,,,,,,,,
saludos