Sorry Lauri, no había visto el mensaje antes. A ver si puedo ayudar:
Un técnico garante es aquel que trabaja en el departamento de garantía de calidad de una empresa (en este caso farmacéutica, o de fabricación de productos sanitarios), aunque según he visto en la oferta, el puesto de esta empresa también engloba tareas del departamento de registros. Básicamente se dedican al papeleo (pero el más técnico, para el que hay que tener conocimientos de fabricación, normas, etc.). El departamento de garantía de calidad, según dicen las Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos y Productos Sanitarios es el que:
Garantía de Calidad.
1.1 . La Garantía de Calidad es un concepto muy amplio que engloba todo aquello que, de forma individual o colectiva, puede afectar a la calidad de un producto. Representa el conjunto de medidas adoptadas con el objeto de garantizar que los medicamentos son de la calidad requerida para el uso al que están destinados. La Garantía de Calidad incorpora, por lo tanto, las normas de correcta fabricación
pero también otros factores que están fuera del alcance de esta Guía. Todo sistema de Garantía de Calidad apropiado para la fabricación de medicamentos debe garantizar que:
(i) los medicamentos se diseñan y desarrollan teniendo en cuenta los requisitos de las normas de correcta fabricación;
(ii) las operaciones de producción y control se describen claramente y se adoptan las normas de correcta fabricación;
(iii) las responsabilidades de la dirección se especifican claramente;
(iv) se toman las medidas oportunas para que la fabricación, suministro y utilización de materias primas y de materiales acondicionamiento sean correctos;
(v) se llevan a cabo los controles necesarios sobre los productos intermedios, así como los controles en proceso y las validaciones;
(vi) el producto terminado se fabrica y se controla correctamente, según procedimientos definidos;
(vii) ningún medicamento se vende o se suministra sin que previamente una persona cualificada haya certificado que cada lote de fabricación se ha producido y controlado según los requisitos establecidos en la autorización de comercialización y cualquier otra disposición relativa a la producción, control y liberación de medicamentos;
(viii) se adoptan medidas satisfactorias que garantizan, en la medida de lo posible, que los productos se almacenan, distribuyen y posteriormente se manejan de tal modo que la calidad se mantiene íntegra durante el periodo de validez;
(ix) existe un procedimiento de autoinspecciones y/o de auditorías de calidad, que evalúa regularmente la eficacia y la aplicación del sistema de Garantía de Calidad.