El baremo varía en función de las comunidades autónomas ya que son éstas la que tienen la potestad de establecerlo. En
Andalucía es el siguiente:
1.En cuanto al ejercicio profesional: - Ejercicio en OF como titular, regente, sustituto o adjunto en los últimos 10 años: 0.8 puntos/año hasta un máximo de 8 puntos. (Es decir, que solo puntuas hasta el décimo año, aunque lleves 20 años no sigues puntuando, establece ese límite).
- Ejercicio como farmacéutico en otras modalidades profesionales (es decir, farmacéuticos especialistas, at.primaria, etc): 0.3 puntos/año hasta un máximo de 2.5 (esto creo se recurrió al supremo pero creo que se dio la razón a la Junta de Andalucía y sigue igual).
- En caso de méritos por ejercicio profesional coincidentes en el tiempo, el solicitante deberá optar por uno de ellos, pudiendolo hacer por el que reporte mayor puntuación.
2.Expediente académico - Expediente de la Licenciatura en Farmacia: Coeficiente que se obtenga tras la división de la suma de los puntos que resultan de asignatar 2 puntos a cada aprobado, 4 a cada notable, 6 a sobresaliente y 8 a cada MH, por el número de asignaturas.
- Gradode Licenciatura en Farmacia o diploma de estudios avanzados: 0.5 puntos; no se valora si se ha sido premio extraordinario de licenciatura (1 punto).
- Grado de doctorado en Farmacia: 1 punto (no se valora si el aspirante tiene grado de doctorado en Farmacia en materia directamente relacionada con la prestación y asistencia farmacéutica: 1.5 puntos).
- Grado de doctorado en Farmacia con calificación de premio extraordinario: 0.5 puntos.
- Titulo de especialista en Farmacia Industrial y Galénica: 2 puntos.
3. Otros. -Realización por parte de los farmacéuticos de OF de trabajos relacionados con medicamentos con los equipos de la zona básica de salud y acreditados por los Directores de Distrito de At.Primaria: 0.2 puntos por trabajo realizado, hasta un máximo de 2 puntos.
- La asistencia a cursos de formación continuada relacionados con la at. farmacéutica hasta un máximo de 4 puntos y con la siguiente puntuación (acreditados por el Sistema de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias por las Administraciones Sanitarias):
5-10 créditos: 0.2 puntos
11-20 " : 0.5 puntos
21-50 " : 0.7 puntos
51-100 " : 1.2 puntos
Más de 100 créditos: 1.5 puntos.
(Anteriormente a la implantación del sistema de créditos iba por número de horas, por tanto los cursos baremados de esa manera se puntuaban de otra manera que no voy a detallar).
En los cursos de doctorado, cuando no se haya baremado el título de doctor, se contabilizarán los mismos a razón de un crédito académico como diez horas lectivas, hasta un máximo de 0.5 puntos.
- La docencia como tutor impartiendo prácticas tuteladas en OF durante los últimos 10 años: 0.1 punto por alumno que complete los 6 meses hasta un máximo de 2 puntos. En el caso de que la tutoría fuera compartida por varios farmacéuticos la puntuación por alumno sería proporcinal para cada tutor.
- Trabajos publicados relacionados con la OF en revistas cientifico técnicas con Cómite Científico o Consejo de Redacción: 0.1 hasta un máximo de 1 punto (este aparato no se valorará si se ha relaizado el que anteriormente he mencionado con respecto a "Realización por parte de los farmacéuticos de OF de trabajos relacionados con medicamentos con los equipos de la zona básica de salud...").
Eso es todo lo que respecta a la baremación.
Por otro lado también comentar que por ejemplo en caso de igualdad de puntuación tiene preferencia el farmacéutico en situación de desempleo (hay que demostrarlo y se tendrá en cuenta si ha estado durante dos años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria), de discapacidad física (mayor a un 25%), en situacion de especial penosisdad (cuando el solicitante sea un farmacéutico con más de 10 años en ejercicio, contados desde la publicación de la convocatoria, como titular en OF en Andalucía con menos de 1.000 habitantes, ubicado en una unidad territorial farmacéutica cuya ratio habitantes/ farmacia sea inferior a 1.500) o aislamiento como titular de una OF en Andalucía o el farmacéutico de mayor antigüedad en el ejercicio profesional.
Es un poco rollazo pero ahí teneis la información y creo que es bastante útil.
También comentar que en otras comunidades autónomas se tiene en cuenta si tienes título de la lengua de la comunidad (gallego, valenciano..), también te dan un extra por ejercicio profesional en área rural o por haber trabajado en la com.autónoma donde oposites. En esas comunidades vale un 75% todo eso y un 25% un exámen que se hace.
Creo que lo he puesto todo.
¡Saludos!