Hola a todos!!
Escribo para preguntar acerca de un dudilla que tengo. Vereis trabajo de farmaceutica con un horario de 10 a 14 y de 16:30 a 8 de lunes a viernes y los sábados de 10 a 14, pero tengo una tarde libre, mi pregunta es que cuando cae por semana un festivo no sé si tengo derecho a mi tarde libre o ya cuenta mi tarde libre el festivo, es decir, si por ejemplo es festivo el jueves, este dia cuenta ya como mi tarde libre o tengo derecho ademàs del festivo de la tarde.
Por otra parte leí en el convenio. "Todo el personal disfrutará de permiso las tardes de los días 24 y 31 de diciembre y la mañana del Sábado Santo.
Aquellas Farmacias que voluntariamente deseen continuar abiertas en dichas fechas, articularán su cobertura de tal forma que el tiempo que el personal permanezca en su puesto de trabajo será compensado como horas extraordinarias, con el abono económico de dichas horas o su compensación en tiempo" es verdad que tenemos derecho porque yo he trabajado estos días como siempre, porque no me comentaron nada, no sé si me equivoco. saludos y muchas gracias por anticipado.